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Tenencia de vehículos blindados Usuario Colectivo (Empresa) cuyo acto de servicio sea la custodia de dinero y otros valores (solo para transporte)

La tenencia de vehículos blindados está reservada a bancos oficiales y privados, empresas transportadoras de caudales, instituciones financieras no bancarias u otras entidades que justifiquen su uso.

REQUISITOS

  • Título de propiedad del vehículo a favor del solicitante.
  • Certificado original de fabricación / verificación / repotenciación del vehículo emitido por un usuario comercial inscripto y habilitado.
  • Para efectuar la transferencia del vehículo deberá presentarse Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes con los datos del comprador y del vendedor, debidamente firmados y certificados; título de propiedad a nombre del adquirente y credencial de tenencia emitida.
  • Acreditar la condición de Legítimo Usuario de Materiales de Usos Especiales o de Legítimo Usuario de Armas de Fuego de uso civil condicional vigente de la persona encargada del uso del material, de acuerdo a la Disp. 208/07.




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