Solicitud de inscripción Legítimo Usuario Coleccionista de Armas de Fuego y/o Municiones
Solicitud electrónica
Las personas fisicas o jurídicas que posean una colección compuesta por no menos de 10 armas y/ó 100 cartuchos de colección de distintos calibres, o 250 entre cartuchos y puntas o 500 computando cartuchos, puntas y estampas de culote deberán contar con la correspondiente inscripción. El vencimiento es simultáneo con su condición de Legítimo Usuario.
REQUISITOS
- Se solicita a través de Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes (Disp. 103/99).
- Las armas deberán contar con la correspondiente credencial de tenencia. En caso de que esto no ocurra deberá solicitarla a través de
Solicitud electrónica
- Fotocopia de la Credencial de Legítimo Usuario de Uso Civil Condicional (vigente).
- Fotocopia de documento: DNI - LE - LC - Si no coincide el domicilio real con el registrado en el documento, se agregará un certificado de domicilio extendido por autoridad policial, obligándose a efectuar el cambio dentro de los 60 días, de lo que deberá dejar constancia.
- Para ser considerado coleccionista, el legítimo usuario deberá poseer una colección compuesta por no menos de 10 armas (coleccionista de armas), o 100 cartuchos de colección de distintos calibres, o 250 entre cartuchos y puntas o 500 computando cartuchos, puntas y estampas de culote (coleccionista de municiones).
- Armas de Fuego: En original y copia, detallando un arma por renglón, en el siguiente orden: fusiles, carabinas, escopetas, pistolones, revólveres y otros. Se deberán asentar primero las armas de uso civil condicional y luego las de uso civil. No se dejarán renglones en blanco, se colocará la cantidad de fojas y de armas con que cuenta el inventario, se inicialarán la cantidad de fojas y de armas con que cuenta el inventario, se inicialarán todas las fojas y se cerrará con lugar, fecha y firma del solicitante. Tiene consecuencias penales transferir o recibir armas sin haber obtenido la expresa autorización de ANMaC.
- Municiones: Cada renglón corresponde a un calibre de munición punta u otro objeto de colección como ser cuerpos de granadas, bombas aéreas, proyectiles de artillería, etc. Todo material de colección deberá necesariamente carecer de la carga explosiva, detonante e iniciadores. Se deberá proceder de forma similar a las armas de fuego.
- Se deberán cumplimentar las medias de seguridad relacionadas con el almacenamiento y guarda de armas, de acuerdo a la legislación vigente,
Trámites que pueden solicitar los coleccionistas
- Inscripción como Coleccionista de Armas
- Inscripción como Coleccionista de Municiones
- Inscripción como Coleccionista de Armas y/o Munciones
- Altas de armas a la colección
- Bajas de armas a la colección
- Actualización de inventario de municiones
- Baja de Coleccionsita
- Cambio de domicilio
- Solicitud de duplicados