ANMaC Presidencia de la Nacion
Habilitación Depósito Mayorista de Pirotecnia Clase II

  • Nota presentación en que se individualice la instalación cuya habilitación se pretende. (Disp. 265/05)
  • Copia auténtica de los instrumentos constitutivos de la firma peticionante con sus modificaciones debidamente inscriptas ante la Inspección General de Justicia o el Registro Público de Comercio. En caso de tratarse de una empresa unipersonal, deberá agregarse copia auténtica del Documento Nacional de Identidad o Cédula de Identidad del MERCOSUR del titular.
  • Copia auténtica de las actas de designación de autoridades de la firma, si correspondiere.
  • El representante legal o titular de la firma peticionante deberá acreditar la inexistencia de antecedentes penales, mediante el certificado extendido por el Registro Nacional de Reincidencia, dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación, sito en Tucumán 1353, C. Autónoma de Buenos Aires, donde conste la inexistencia de antecedentes penales de cualquier tipo. El certificado será considerado válido al momento de su presentación cuando su fecha de emisión no haya superado los sesenta (60) días corridos
  • Copia auténtica de la constancia de inscripción ante la AFIP y de los comprobantes correspondientes a los últimos tributos ingresados (impuesto a las ganancias, I.V.A. y aportes y contribuciones al Sistema Unico de la Seguridad Social).
  • Copia auténtica de la habilitación municipal o constancia de autorización municipal de las instalaciones en que habrá de habilitarse el depósito de artificios pirotécnicos.
  • Fotografías del inmueble que permitan apreciar el interior y exterior de las instalaciones y, en especial, del sector correspondiente al depósito destinado a la guarda de artificios pirotécnicos.
  • Plano de las instalaciones suscripto por profesional competente e intervenido por el representante legal de la empresa y un croquis que grafique la ubicación del depósito, con firma debidamente certificada de conformidad con las prescripciones de la Disp. N° 058/04.
  • Informar con carácter de declaración jurada las condiciones de seguridad de las instalaciones, sus características constructivas, mediante nota suscripta por el representante legal o titular de la empresa con firma debidamente certificada.
  • Integrar Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412 correspondientes solicitando la inspección de las instalaciones.
  • El solicitante deberá estar inscripto como Vendedor Mayorista de Artificios Pirotécnicos de Venta Libre.

Nota: la ANMaC inspeccionará las instalaciones a fin de verificar la existencia de las condiciones de seguridad de conformidad con el Anexo II de la Disp. 265/05. De resultar procedente, emitirá un certificado de aptitud técnica de las mismas. El almacenamiento simple podrá realizarse dentro de los límites urbanos en depósitos mayoristas Clase II hsta doscientos (200) cajones (Decreto 606/10). La habilitación de los Depósitos de Artificios Pirotécnicos Clase II se extenderá por el plazo que en tal sentido confiera la autoridad comunal o por un año, si aquel fuere mayor.

Los titulares de los depósitos de pirotecnia clase II deberán contratar póliza de seguro de responsabilidad civil por los riesgos derivados del manipuleo, tenencia y almacenamiento de artificios pirotécnicos. Asimismo, están exentos de la obligación de llevar el libro de registro de movimientos de artificios pirotécnicos. Sin perjuicio de ello, los comerciantes inscriptos deberán elevar mensualmente la información contenida en la planilla de movimientos mensuales de artificios pirotécnicos.

Formularios Gratuitos

Informe mensual de movimiento de artificios pirotécnicos (Anexo XXIV Disp. 099/04)



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