ANMaC Presidencia de la Nacion
Inscripción Importador de Sustancias Químicas Controladas

  • Nota de solicitud aclarando la petición que se efectúa, con indicación de la documentación que se agrega, suscripta por el representante legal o responsable de la empresa, debidamente certificada, conforme los términos de la Disp. RENAR 58/04, en la que deberán identificarse las instalaciones de almacenamiento con que cuenta (Disp. RENAR 270/05).
  • Integrar Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes.
  • Las personas jurídicas deberán presentar copia certificada de su instrumento constitutivo vigente con sus modificaciones, debiendo el objeto social contemplar expresamente la actividad para la cual se requiere la inscripción.
  • Los titulares de empresas unipersonales y los representantes legales de las personas jurídicas peticionantes deberán acreditar identidad, a través de la documentación habilitante: Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica según corresponda, Cédula de Identidad MERCOSUR y/o Pasaporte.
  • A los fines de acreditar la representación legal del firmante, deberá agregarse copia auténtica de las actas de designación de autoridades o poder notarial con facultades suficientes.
  • Designar la persona física encargada del manejo de las sustancias controladas, informando todo antecedente vinculado a la actividad, de modo de acreditar los conocimientos y experiencia necesaria para asumir las tareas.
  • Acreditar inexistencia de antecedentes penales, mediante certificado de antecedentes judiciales del titular, apoderado y/o representante legal y del encargado del manejo de las sustancias controladas, otorgado por el Registro Nacional de Reincidencia dependiente de MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.
  • Certificados de aptitud física y psicológica o psiquiátrica del titular, apoderado y/o representante legal y del encargado.
  • A fin de acreditar la naturaleza, vigencia y actuación de la empresa, deberá presentarse copia auténtica de la constancia de inscripción ante la AFIP y de los comprobantes de ingreso de los tributos correspondientes (impuesto a las Ganancias, I.V.A. y aportes y contribuciones al Sistema Unico de la Seguridad Social) e inscripción como importador.
  • Informar con carácter de declaración jurada el destino de las sustancias controladas, indicando las actividades de la empresa y las inscripciones que correspondan conforme el tipo de actividad de que se trate.
  • Acreditar contar con inscripción vigente ante el Registro de Armas Químicas.
  • De corresponder, deberán anexarse copias auténticas de las últimas declaraciones presentadas ante la autoridad nacional argentina de aplicación de la Convención de Armas (ANCAQ).


Nota:
a los efectos de solicitar la intervención de la ANMaC para la importación de sustancias controladas por
la Convención de Armas Químicas, los interesados deberán solicitar la registración de la sustancia controlada.




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