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Solicitud de portación de armas Usuario Colectivo (Empresa) cuyo acto de servicio sea la custodia de dinero y otros valores

Las portaciones se autorizan por un año o hasta la fecha de vencimiento de la credencial de Legítimo Usuario o vencimiento de la inscripción como Usuario Colectivo, en el caso de que la fecha de vencimiento de esta sea inferior al año de la fecha de emisión.

REQUISITOS

  • Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes  por cada solicitud de portación, para la producción del Dictamen de la Comisión de Evaluación Permanente en Materia de Portaciones y Sanciones (Disp. 140/09).
  • Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes por cada solicitud de portación a los fines del otorgamiento de la credencial, en el caso de que la misma sea otorgada. Estos formularios no resultan necesarios a fin de efectuar la petición, pudiendo ser presentados una vez que la Comisión de Evaluación Permanente en Materia de Portaciones y Sanciones se expida sobre la pertinencia de la solicitud.
  • Acreditar Idoneidad en el manejo de armas de fuego para portación presentando el formulario de libre reproducción "Anexo de Certificación  de Aptitud en el Manejo de Armas para Portadores", valorizado por Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes. El mismo deberá ser extendido por instructor de tiro habilitado y con intervención de la entidad donde se realizó la práctica. En “observaciones” debe constar que el usuario se encuentra apto para la portacion de armas de fuego.  
  • Acreditar la condición de Legitimo Usuario Individual de Armas de Uso Civil Condicional vigente.
  • Acreditar estado de salud psicofísico.
  • Los usuarios de todo el país deberán hacerlo a través del Sistema Único de Emisión de Certificados Piscofísicos http://www.evaluaciones.com.ar
  • Acreditación del vínculo laboral con el Usuario Colectivo.
  • Se deberá adjuntar, según corresponda:
  1. Ultima Declaración Jurada de Cargas Sociales (formulario F-931).
  2. Ultimas 2 Declaraciones Juradas de IVA.
  3. Ultima Declaración Jurada de Impuesto a las Ganancias.
  4. Las sociedades comerciales, asociaciones civiles y cooperativas deberán presentar Estado Contable correspondiente al último ejercicio cerrado y debidamente certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
  5. Ultimos 2 pagos de Monotributo, a nombre del Usuario Colectivo.


NOTA: Todas las constancias detalladas referentes a AFIP/DGI pueden ser certificadas por quienes posean facultad certificante vigente como excepción a la Disposición 058/04 referente a certificaciones siempre que los originales sean extraídos de la página Web oficial de Internet.

Formularios Gratuitos

Anexo II Certificación de Aptitud en el Manejo de Armas para Portadores (Disp. 311/13)



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