Solicitud de reinscripción de Entidades de Tiro (sin instalaciones propias): federaciones o foros
- Nota de presentación especificando las actividades de tiro que se desarrollan en la entidad, con detalle de la documentación que se agrega, suscripta por el Presidente o representante legal de la misma con su firma debidamente certificada, según se establece en el punto siguiente (Disp. 315/07).
- Fotocopia certificada (por escribano público, autoridad judicial, autoridad policial con grado de oficial, entidad bancaria o persona autorizada por RENAR) de:
- Estatuto social. Sólo en caso de haberse efectuado modificaciones al mismo.
- Acta de designación de autoridades con mandato vigente
- Nómina de la actual Comisión Directiva o titulares, consignando número de legajo de legítimo usuario del Presidente, Vicepresidente/s y Secretario, o de los miembros que ocuparan similares cargos en subcomisiones de tiro en caso de corresponder, conforme al estatuto de la entidad solicitante. Para el supuesto que los mismos no revistan la categoria de legítimo usuario, deberá presentar Certificado de Antecedentes Penales. Solo en caso de haber sufrido modificaciones con relación a lo presentado al momento del pago de la última tasa anual.
- Nómina de las entidades de tiro que la conforman. Sólo en caso de haber sufrido modificaciones los presentados al momento del pago de la tasa anual.
- Formulario Leyes N° 23.283 y 23.412 correspondientes.
- Libro Registro Oficial de Municiones para las entidades de tiro autorizadas a la venta de municiones. En el mismo se deberán acentar cronológicamente dentro de las 24 horas todas las operaciones con municiones para armas de fuego y sus componentes. Los usuarios deberán remitirlo en soporte informático (disco compacto) en forma trimestral (Disp. 240/11)
Nota: Los Usuarios deberán cumplir con las condiciones de seguridad para la guarda y almacenamiento de materiales controlados según lo establece la laegislación vigente.