ANMaC Presidencia de la Nacion
Verificación de Exportación de Nitrato de Amonio  

  • Ficha de Datos Técnicos (FDT) N7, por duplicado (puede descargarla al pie de esta página), suscriptas por el representante legal o titular y debida certificación de firma, cumplimentada con letra clara de imprenta, sin dejar espacios en blanco y sin corrector líquido, consignando el número de Autorización de Exportación que la ampara (624/10).
  • Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412 correspondientes, suscriptos por el representante legal o titular con la  debida certificación de firma.
  • La solicitud de Verificación de Exportación deberá presentarse con una antelación mínima de tres (3) días hábiles a la fecha de salida del material del país. La misma podrá escalonarse hasta en diez (10) veces, a solicitud del exportador mediante nota en carácter de declaración jurada, abonando los aranceles correspondientes a cada escalonamiento solicitado, considerando cada uno como un Acto de Verificación.
  • Finalizado el Acto de Verificación la empresa tendrá un plazo de diez (10) días hábiles para presentar copia certificadas de las Actas de Verificación, realizadas en los pasos fronterizos  por Gendarmería Nacional Argentina de corresponder.
  • Lista de Empaque (Packing List) indicando los números de los contenedores, detallando la mercadería contenida en cada uno de ellos y forma en que viene acondicionada (bolsa, a granel, etc.), con su número de código y riesgo principal de Naciones Unidas. En caso de no transportarse los productos en contenedores, detallar la mercadería que se trasladará en cada vehículo.
  • Permiso de embarque oficializado (se presenta al momento de efectuarse la verificación).
  • Copia de la Autorización de Exportación oportunamente emitida por la ANMaC.
  • Copia de la habilitación del vehículo para el transporte de sustancias peligrosas (para transporte terrestre).

 

Solicitud de Habilitación de Verificación de Exportación Fuera de Horario

  • Cuando de una verificación surja la necesidad operativa, y se encuentren dadas las condiciones de seguridad que lo permitan, supervisadas por los funcionarios de la ANMaC, se podrá hacer opción a la Solicitud de Habilitación de Verificación de Importación/Exportación Fuera de Horario, la cual quedará plasmada en el acta de verificación correspondiente (Disp. 468/11).
  • La misma se requerirá agregando al trámite de Solicitud de Verificación de Importación/Exportación Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412 correspondientes, pudiendo realizar el pago de este arancel el día hábil siguiente a la conclusión del acto de verificación.
  • Entiéndase al término “Fuera de Horario” como a aquel en el cual el turno de inicio o la continuidad de la carga y descarga opere los días hábiles entre las 17:30 hs y 09:00 del día siguiente, y los días sábados, domingos y feriados.

 

Formularios Gratuitos

Ficha de Datos Técnicos (FDT) N7 (Disp. RENAR 140/07)



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