ANMaC Presidencia de la Nacion
Solicitud de Autorización de Importación-Exportación    

Importación

  • Ficha de Datos Técnicos (FDT) N° 6, por duplicado, suscriptas por el representante legal o titular y debida certificación de firma, cumplimentada con letra clara de imprenta, sin dejar espacios en blanco y sin corrector líquido (Disp. 624/10).
  • Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412 correspondientes, suscriptos por el representante legal o titular y debida certificación de firma.
  • La solicitud de Autorización de Importación deberá tramitarse con antelación a la fecha estimada del embarque del material.
  • La Autorización de Importación tendrá vigencia de ciento ochenta (180) días corridos, prorrogables por idéntico período, con un máximo autorizado hasta tres (3) parciales.
  • En razón de los grandes volúmenes a importar y atento a los límites inherentes a la capacidad de transporte, podrá extenderse la Autorización de Importación hasta en seis (6) parciales, debiendo el usuario solicitarlo al momento de la presentación del trámite abonando un arancel adicional correspondiente a la Solicitud de Autorización de Importación.
  •  La solicitud de prórroga de Autorización de Importación podrá efectuarse a través de Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412 correspondientes, suscriptos por el representante legal o titular y debida certificación de firma, consignando en Observaciones la petición que se realiza.

 Nota: Para todo acto de importación-exportación el solicitante deberá contar con la inscripción y depósitos o canchas habilitados y vigentes a su nombre.

 

Exportación

  • Ficha de Datos Técnicos (FDT) N° 6, por duplicado, suscriptas por el representante legal o titular y debida certificación de firma, cumplimentada con letra clara de imprenta, sin dejar espacios en blanco y sin corrector líquido. Los productos a exportar deben encontrarse registrados por el solicitante. Si los productos hubieran sido adquiridos por el exportador a un usuario debidamente registrado, deberá acreditarse el origen de los mismos mediante la correspondiente factura de compra (Disp. 624/10).
  • Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412 correspondientes, suscripto por el representante legal o titular y debida certificación de firma.
  • La Autorización de Exportación tendrá vigencia de ciento veinte (120) días corridos, prorrogables por idéntico período. La misma quedará agotada una vez cumplido el acto de verificación.
  • En razón de los grandes volúmenes a exportar y atento a los límites inherentes a la capacidad de transporte, podrá extenderse la Autorización de Exportación hasta en tres (3) parciales, debiendo el usuario solicitarlo al momento de la presentación del trámite abonando un arancel adicional correspondiente a la Solicitud de Autorización de Exportación.
  • Copia debidamente certificada con la correspondiente intervención consular del Certificado de destino final del material o licencia o autorización de importación otorgada por el país de destino y autorización de tránsito internacional si lo hubiere.
  • La Autorización de Exportación tendrá vigencia de ciento veinte (120) días corridos, prorrogables. La solicitud de prórroga de Autorización de Exportación podrá efectuarse a través de Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412 correspondientes, suscriptos por el representante legal o titular y debida certificación de firma, consignando en Observaciones la petición que se realiza.
  • La documentación confeccionada en idioma extranjero deberá contar con su correspondiente traducción al idioma castellano efectuada por Traductor Público Nacional.

Nota: Para todo acto de importación-exportación el solicitante deberá contar con la inscripción y depósitos o canchas habilitados y vigentes a su nombre.

Formularios Gratuitos

Ficha de Datos Técnicos (FDT) 6 (Anexo XVII Disp. 99/04)



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