Las estructuras incorporadas (instalaciones, edificaciones, líneas de producción, etc.) en un establecimiento habilitado para la fabricación de armas deben estar habilitadas.
REQUISITOS
Los requerimientos de la nueva actividad se ajustarán a lo indicado en el instructivo para la habilitación correspondiente
Finalizadas las obras se deberá solicitara la ANMaC la inspección de la fábrica respectiva, una vez inspeccionadas y aprobadas las instalaciones y superados los ensayos de las muestras de los productos, la resolución de las distintas solicitudes formuladas por los usuarios, corresponderá a la Dirección Nacional o en su caso, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
NOTA:
Las habilitaciones otorgadas por el la ANMaC son intransferibles, motivo por el cual, para el caso que las instalaciones industriales sean alquiladas o cedidas deberán realizarlo en forma total y exclusiva (no se admitirán cesiones o alquileres parciales sobre instalaciones) Si la instalación a ceder o alquilar se encuentra previamente habilitada a nombre del locador o cedente, el mismo deberá requerir la baja a su nombre remitiendo el instrumento por el cual se transfiere la instalación a terceros junto con la documental otorgada oportunamente por la ANMaC. La instalación alquilada o cedida podrá utilizarse a partir del momento que el Registro Nacional de Armas extienda la habilitación a nombre del nuevo responsable.
Es necesario que complete todos los datos solicitados siguiendo este instructivo y siempre con letra clara, de imprenta, sin dejar espacios en blanco y sin corrector líquido. No se admitirán enmiendas sin que se encuentren debidamente salvadas en observaciones.
Se encuentra terminantemente prohibido modificar instalaciones fabriles, experimentar nuevas técnicas de producción o fabricar nuevos modelos de armas o municiones sin la previa autorización de la ANMaC.
Las firmas y fotocopias de documentación deben estar certificadas. La certificación de firmas y/o fotocopias deberá ser realizada por: Autoridad Judicial, Escribano Público, Personas Físicas o Jurídicas habilitadas por la ANMaC o Autoridad Policial jurisdiccional, únicamente con grado de Oficial, con sello y firma aclaratoria de la repartición y del certificante. No se tomarán por válidas las firmas o fotocopias sin certificar.
Formularios Gratuitos
Ficha de Datos Técnicos (FDT) H1-Habilitación de instalaciones fabriles y comerciales relacionadas con materiales controlados (ANEXO XII Disp. 141/11)