ANMaC Presidencia de la Nacion
Solicitud de habilitación parcial de fábricas (previamente habilitadas en otro rubro)

Las estructuras incorporadas (instalaciones, edificaciones, líneas de producción, etc.) en un establecimiento habilitado para la fabricación de armas deben estar habilitadas.

REQUISITOS

  • Nota de solicitud, especificando la petición que se efectúa, con indicación de las instalaciones sobre las que se solicita habilitación, documentación que se agrega, etc., con firma y aclaración del representante legal o titular de la empresa, debidamente certificada (Disp. 141/11).
  • Ficha de Datos Técnicos H1 debidamente cumplimentada, y con firmas certificadas.
  • Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes, debidamente cumplimentados y con firmas certificadas.
  • Fotocopia certificada de habilitación municipal con expresa mención del rubro, y a nombre del solicitante.
  • Planos originales de la fábrica (firmados por profesional matriculado y el propietario o representante legal), con detalles de las instalaciones y máquinas principales que se agregan, conforme a las Normas para Dibujo Técnico del IRAM.
  • Detalle de los productos a fabricar con sus características, especificaciones, patentes y/o licencias, y producción anual programada.
  • Memoria descriptiva, esquemas o croquis que detallen el movimiento de materiales, pólvoras y fulminantes con sus cantidades, los procesos de fabricación, los métodos y equipamiento para asegurar la calidad, y los ensayos incluyendo equipos e instalaciones.
  • Antecedentes técnicos del responsable de producción.
  • Nota con detalle de las medidas de seguridad y protección adoptadas (Rejas, alarmas, vigilancia, seguridad contra incendios, etc.).

Los requerimientos de la nueva actividad se ajustarán a lo indicado en el instructivo para la habilitación correspondiente

Finalizadas las obras se deberá solicitara la ANMaC la inspección de la fábrica respectiva, una vez inspeccionadas y aprobadas las instalaciones y superados los ensayos de las muestras de los productos, la resolución de las distintas solicitudes formuladas por los usuarios, corresponderá a la Dirección Nacional o en su caso, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

NOTA:
Las habilitaciones otorgadas por el la ANMaC son intransferibles, motivo por el cual, para el caso que las instalaciones industriales sean alquiladas o cedidas deberán realizarlo en forma total y exclusiva (no se admitirán cesiones o alquileres parciales sobre instalaciones) Si la instalación a ceder o alquilar se encuentra previamente habilitada a nombre del locador o cedente, el mismo deberá requerir la baja a su nombre remitiendo el instrumento por el cual se transfiere la instalación a terceros junto con la documental otorgada oportunamente por la ANMaC. La instalación alquilada o cedida podrá utilizarse a partir del momento que el Registro Nacional de Armas extienda la habilitación a nombre del nuevo responsable.

Es necesario que complete todos los datos solicitados siguiendo este instructivo y siempre con letra clara, de imprenta, sin dejar espacios en blanco y sin corrector líquido. No se admitirán enmiendas sin que se encuentren debidamente salvadas en observaciones.

Se encuentra terminantemente prohibido modificar instalaciones fabriles, experimentar nuevas técnicas de producción o fabricar nuevos modelos de armas o municiones sin la previa autorización de la ANMaC.

Las firmas y fotocopias de documentación deben estar certificadas. La certificación de firmas y/o fotocopias deberá  ser realizada por: Autoridad Judicial, Escribano Público, Personas Físicas o Jurídicas habilitadas por la ANMaC o Autoridad Policial jurisdiccional,  únicamente con grado de Oficial, con sello y firma aclaratoria  de la repartición y del certificante. No se tomarán por válidas las firmas o fotocopias sin certificar.

Formularios Gratuitos

Ficha de Datos Técnicos (FDT) H1-Habilitación de instalaciones fabriles y comerciales relacionadas con materiales controlados (ANEXO XII Disp. 141/11)



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