Habilitación-rehabilitación de Depósito de Sustancias Químicas Controladas
- Identificar las instalaciones sobre las que se solicita habilitación o rehabilitación, precisando la dirección postal completa, número de teléfono, fax y todo otro dato que asegure la comunicación directa. Se deberán informar los datos correspondientes a la administración central de la empresa, en caso que se emplazare en un lugar distinto (Disp. 270/05).
- Acompañar fotografías del lugar de emplazamiento del depósito, debidamente intervenidas por el representante legal de la firma.
- Anexar plano suscripto por profesional competente e intervenido por el representante legal de la empresa, con detalle de las instalaciones y sus materiales constructivos.
- Informar, con carácter de declaración jurada las medidas de seguridad con que cuentan las instalaciones para la prevención de incendio, explosiones, derrames, fugas.
- Acreditar la contratación de servicio médico o contar con centro médico en el lugar de emplazamiento de las instalaciones de almacenamiento.
- Integrar los Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412 correspondientes.
Nota: Una vez cumplimentados estos requisitos, la ANMaC dará intervención al Instituto de Investigaciones Científicas y Técnicas de las Fuerzas Armadas (CITEFA) a fin que verifique las medidas de seguridad de las instalaciones de almacenamiento denunciadas. Cumplido, la ANMaC registrará la instalación de almacenamiento.