Salida temporaria de armas de las Federaciones de Tiro
Con motivo de la realización de certámenes de tiro deportivo de carácter internacional, auspiciados por Federaciones inscriptas ante esta Agencia que agrupen a entidades de tiro deportivo en sus diferentes disciplinas, se podrá autorizar la salida temporaria del país de armas de fuego con arancel diferenciado a través de la presentación de:
- Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes por cada arma y/o material controlado a egresar y Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes por cada UN MIL (1.000) municiones.
- La solicitante deberá presentar la nómina de los participantes en papel y remitir dichos datos vía correo electrónico a la dirección que oportunamente indique la Coordinación de Autorizaciones Especiales, detallando las siguientes especificaciones y orden:
- tipo de arma, sistema de disparo, marca, modelo, calibre, número de serie y cantidad de municiones, nombre y apellido del participante junto a su número de legajo.
- La presentación de las solicitudes deberá efectuarse con una antelación suficiente y no menor a SIETE (07) días hábiles. Caso contrario, los participantes del torneo no podrán acceder a este arancel diferenciado y deberán abonar aquel que se encuentre vigente.
- La Federación solicitante será en cada caso responsable del ingreso y/o egreso de Territorio Nacional, de la totalidad del material autorizado.