ANMaC Presidencia de la Nacion
Autorización para el transporte comercial de armas de fuego

Esta documentación es de uso obligatorio para el transporte comercial de armas de fuego dentro del territorio nacional. Se otorga por el período de un año.


REQUISITOS

  • Se solicita por medio de Declaración Jurada a través deFormularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes, debidamente cumplimentados y certificados, consignando en Observaciones los motivos de dicha presentación, documentación que acompaña, etc. (Disp. 103/99).

Nota: No se otorgará autorización de transporte al usuario comercial que no se encuentre al día con sus obligaciones ante La ANMaC.




Bartolomé Mitre 1465/9 C1037ABA Ciudad Autónoma de Buenos Aires | Argentina | Tel / Fax: 4372-0455 / 4372-5129 | info@anmac.gob.ar