- Denominación del producto
- Marca
- Fábrica
- País de origen
- Uso y aplicación
- Composición química
- Por ciento en peso de nitrato de amonio
- Tipo de embalaje
- Peso total / Peso neto
- Número de Naciones Unidas (ONU)
- Riesgo principal
- Cantidad solicitada (no podrá superar los 20 kg. /mes–no acumulativos)
- Descripción del proceso en el manejo del producto.
- Para acreditar existencia y legitimidad. En personas jurídicas: Contrato social o estatutos vigentes y sus modificaciones, con la constancia de su inscripción en el Registro Público de Comercio, la Inspección General de Justicia, el INAC, etc., según el caso. NOTA: El Objeto Social debe contemplar los rubros sobre la actividad cuya autorización se requiera. Instrumentos legales que acrediten la representación de la sociedad, actas de Asamblea y/o Directorio designando las autoridades vigentes, o poder notarial con facultades suficientes, etc. En personas físicas: Documento Nacional de Identidad del titular, con domicilio actualizado. Para el caso se podrá acreditar DNI-LE-LC, para ciudadano argentino, o CI (MERCOSUR) o pasaporte para extranjero.
- Constancia de Inscripción ante la AFIP/ DGI y de último pago actualizado.
- Documento Nacional de Identidad del representante legal, con domicilio actualizado (sólo para personas jurídicas). Para el caso se podrá acreditar DNI-LE-LC, para ciudadano argentino, o CI (MERCOSUR) o pasaporte para extranjero.
- Memoria descriptiva detallando las características del depósito, medidas de seguridad adoptadas, elementos contra incendios, etc.
- Croquis de ubicación de la instalación.
- Fotografías intervenidas por el representante legal de la firma que permitan visualizar el exterior e interior de la instalación.
- Cartelería de seguridad y advertencia
En el caso de laboratorios o centros de investigación que tengan la necesidad de Importar productos con contenido de nitrato de amonio, deberán además inscribirse como Importadores y solicitar el Registro del Producto correspondiente según las normativas vigentes.
Informes Mensuales
Partes Mensuales:
Los pequeños usuarios de Nitrato de Amonio deben informar la ANMaC mensualmente las operaciones de uso del producto. Esto se efectúa a través de:
1.Informe Mensual de Movimiento de Nitrato de Amonio ( Anexo II Disposición 140/07), las cuales deberán ser remitidas por el Usuario de Nitrato de Amonio los primeros cinco (5) días del mes siguiente al cierre de cada mes.
Formularios Gratuitos
Ficha de Datos Técnicos (FDT) N1 (Anexo II Disp. 206/10)