ANMaC Presidencia de la Nacion
Solicitud de otorgamiento de poder certificante Organismo Oficial

Faculta al solicitante a certificar firmas y/o copias presentadas por sus dependientes. Su vigencia es anual.

REQUISITOS

  • Se efectúa a través de Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes, por persona a autorizar. Su vigencia es anual (Disp. 210/07). 
  • La solicitud deberá ser avalada por el representante legal, siendo que tal facultad lo autoriza exclusivamente a certificar firmas y/o copias presentadas por sus dependientes, debiendo acreditar ser personal integrante del Organismo, ser Legítimo Usuario o presentar el certificado de antecedentes judiciales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia. El certificado será considerado válido al momento de su presentación cuando su fecha de emisión no haya superado los sesenta (60) días corridos.




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