ANMaC Presidencia de la Nacion
Tasa anual para entidades de tiro con instalaciones propias

  • Nota con detalle de la documentación que se agrega, suscripta por el presidente o representante legal de la misma con su firma debidamente certificada, según se establece en el punto siguiente (Disp. 315/07).
  • Fotocopia certificada (por escribano público, autoridad judicial, autoridad policial con grado de oficial, entidad bancaria o persona autorizada por la ANMaC de:
  1.  
    1. Estatuto social. Solo en caso de haberse efectuado modificaciones del mismo.
    2. Acta de designación de autoridades con mandato vigente.
    3. Título de dominio sobre el inmueble, contrato de locación, comodato, usufructo o instrumento que acredite el carácter por el cual se ocupa el predio. Solo en caso de haber sufrido modificaciones con relación a lo presentado al momento de la inscripción.
    4. Habilitación municipal o su equivalente según lo establecido en los requisitos para la inscripción. Solo en caso de haber sufrido modificaciones la oportunamente otorgada.         
    5. Póliza de seguro vigente (conforme las cláusulas exigidas en la requisitoria para la inscripción).
    6. Plano de las instalaciones. Solo en caso de haber sufrido modificaciones los presentados al momento de la inscripción.
  • Reglamento interno de tiro (firmado por el presidente o representante legal de la entidad). Solo en caso de haber sufrido modificaciones los presentados al momento de la inscripción.
  • Nota que incluya: nómina de los instructores de tiro designados por las autoridades, conteniendo número de legajo, matrícula y firma de aceptación por parte de los mismos, firmada por el presidente o representante legal de la entidad. Solo en caso de haber sufrido modificaciones los presentados al momento de la inscripción. 
  • Nómina de la actual Comisión Directiva o titulares, consignando número de legajo de legítimo usuario del Presidente, Vicepresidente/s y Secretario, o de los miembros que ocuparan similares cargos en subcomisiones de tiro en caso de corresponder, conforme al estatuto de la entidad solicitante. Para el supuesto que los mismos no revistan la categoría de legítimo usuario, deberá presentar Certificado de Antecedentes Penales. Solo en caso de haber sufrido modificaciones los presentados al momento de la inscripción.
  • Fotografías. Solo en caso de haber sufrido modificaciones en las instalaciones.
  • Planilla de "Declaración Jurada -Acta de Evaluación de Entidades de Tiro- Anexo II" sobre medidas de seguridad en las instalaciones de tiro y de las condiciones de seguridad de las salas de armas, talleres y depósitos, suscripta por el presidente, representante legal o titular de la entidad de tiro, con firma certificada.
  • Formulario Leyes N° 23.283 y 23.412 correspondientes.

 




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