ANMaC Presidencia de la Nacion
Habilitación-rehabilitación de Depósito (tanque) de Nitrato de Amonio en Solución

  • Nota de solicitud especificando la petición que se efectúa, con indicación de las instalaciones sobre las que se solicita habilitación-rehabilitación, documentación que se agrega, etc., con firma y aclaración del representante legal o titular de la empresa, debidamente certificada. La Habilitación o Rehabilitación como Depósito (tanque) de Nitrato de Amonio requiere  la correspondiente inscripción vigente del Rubro Fabricante, Importador, Exportador o Usuario de Nitrato de Amonio a su nombre (Disp. 220/08)
  • Para la solicitud de habilitación-rehabilitación se deberá integrar Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412 correspondientes para cada depósito (tanque). 
  • Fotocopias debidamente certificadas  de:    
  1. Para acreditar carácter en que detenta la instalación a habilitar: título de dominio, contrato de alquiler, comodato, etc., con firmas debidamente certificadas.
  2. Contrato de servicios de logística portuaria de granel líquido, cuya actividad implica la descarga desde buque al tanque de almacenamiento, descarga desde el camión al tanque, el almacenamiento y posterior despacho, descarga desde el tanque de almacenamiento al medio de transporte.
  3. Habilitación municipal y/o resolución emitida por la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia, con expresa mención del rubro, a nombre del solicitante.
  • Ficha de Datos Técnicos (FDT) N2 (uno para cada depósito – tanque) y N1 Anexo, suscriptas por el representante legal o titular  de la empresa, con firmas debidamente certificadas.
  • Memoria descriptiva con los aspectos constructivos del depósito (tanque) para almacenamiento de Nitrato de Amonio en solución, (certificación de construcción acompañada de los respectivos protocolos, donde se indique la normativa aplicada, material utilizado, los ensayos realizados que garanticen la aptitud de los mismos para el almacenamiento de UAN ), incluyendo sus sistemas contra incendio, protecciones contra descargas eléctricas atmosféricas, sistema de contención contra derrames, máquinas y herramientas que operen en el parque de tanques, cartelería de seguridad y advertencia y otros aspectos específicos que deberán ser consultados con el organismo técnico existente en la ANMaC.
  • Planos, firmados por profesional matriculado y por el solicitante, con firmas certificadas de este último, de:
  1. Predio donde se instalará, zonas circundantes y distancias a puntos relevantes.
  2. Distribución de edificios, caminos e instalaciones, a escala no menor de 1:1000.
  3. Construcción del depósito detallando sus instalaciones.
  • Fotografías intervenidas por el representante legal o titular de la causante, de las cuales se pueda visualizar las instalaciones detalladas en la memoria descriptiva.
  • Para el/los encargado/s del depósito, y a fin de completar el legajo, deberá informar todo antecedente vinculado a la actividad y en base a los cuales alega contar con los conocimientos y experiencia necesaria para asumir las tareas. Para ello, corresponde acompañar título habilitante oficial o currículum vitae firmado por el encargado del depósitos, avalado por el representante legal de la empresa, con ambas firmas debidamente certificadas.
  • Certificado de antecedentes policiales (otorgado por policía de la jurisdicción) o judiciales del/los encargado/s del depósito.
  • Certificado de aptitud física del/los encargado/s de depósito.
  • Certificado de aptitud psicológica o psiquiátrica del/los encargado/s de depósito.
  • Condiciones de seguridad contra sustracciones en las instalaciones (depósitos), a través de la Ficha de Datos Técnicos (FDT) N5, suscripto por el representante legal de la causante e intervenido por Policía Jurisdiccional, a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en el art. 420 inciso d) del Decreto N° 302/83.
  • Nota declarando los tipos de material a almacenar y la capacidad máxima requerida, plan de contingencia ante emergencias, que contenga las  medidas de seguridad contra incendio a adoptar, medidas preventivas para evitar derrames y acciones a ejecutar ante un derrame.
  • Adquirir el libro de registro oficial de movimientos (entradas y salidas), otorgado por la ANMaC, a través de la presentación de Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412 correspondientes , debidamente cumplimentados y con firmas certificadas, uno para cada depósito (tanque).
  • Fotocopias debidamente certificadas del seguro por responsabilidad civil, “cubriendo los daños y perjuicios que puedan ocasionar a personas, inmuebles, muebles y/o semovientes de la autoridad portuaria y/o terceros que se encuentren dentro del lugar ocupado y/o sus áreas linderas que puedan verse afectadas a raíz de accidentes o siniestros producidos por hechos cometidos por sus dependientes, vehículos o cosas de que se sirve para el desarrollo en las actividades permitidas”.
  • El responsable de la habilitación de la instalación deberá confeccionar con carácter de declaración jurada, el informe mensual de movimiento de Nitrato de Amonio u otros fertilizantes que lo contengan.


NOTA: Las habilitaciones otorgadas por la ANMaC son intransferibles, motivo por el cual, para los casos que los depósitos, polvorines o instalaciones industriales sean alquilados o cedidos deberán realizarlo en forma total y exclusiva (no se admitirán cesiones o alquileres parciales sobre instalaciones). Si la instalación a ceder o alquilar se encuentra previamente habilitada a nombre del locador o cedente, el mismo deberá requerir la baja a su nombre remitiendo el instrumento por el cual transfiere la instalación a terceros junto con la documental otorgada oportunamente por la ANMaC (en el momento de formalizar la transferencia, la instalación no deberá contar con material en stock a nombre del mismo lo cual se acreditará con la entrega del libro de registro oficial de movimientos de Explosivos). La instalación alquilada o cedida podrá utilizarse a partir del momento que la ANMaC extienda la habilitación a nombre del nuevo responsable
Las habilitaciones de instalaciones quedarán sujetas al cumplimiento de los requisitos técnicos y edilicios, previa verificación de los mismos por la autoridad competente.

 

Formularios Gratuitos

Ficha de Datos Técnicos (FDT) N5 Solicitud de Inspección de Instalaciones (Disp. 140/07)
Ficha de Datos Técnicos (FDT) N2 (Disp. 140/07)
Ficha de Datos Técnicos (FDT) N 1 Anexo (Disp. 140/07)



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