ANMaC Presidencia de la Nacion
Tasa anual para Entidades de Tiro (sin instalaciones propias): federaciones o foros

  • Nota con detalle de la documentación que se agrega, suscripta por el presidente o representante legal de la misma con su firma debidamente certificada, según se establece en el punto siguiente (Disp. 315/07).
  • Fotocopia certificada (por escribano público, autoridad judicial, autoridad policial con grado de oficial, entidad bancaria o persona autorizada por RENAR) de:
  1. Estatuto social. Sólo en caso de haberse efectuado modificaciones al mismo.
  2. Acta de designación de autoridades con mandato vigente.
  • Nómina de la actual Comisión Directiva o titulares, consignando número de legajo de legítimo usuario del Presidente, Vicepresidente/s y Secretario, o de los miembros que ocuparan similares cargos en subcomisiones de tiro en caso de corresponder, conforme al estatuto de la entidad solicitante. Para el supuesto que los mismos no revistan la categoría de legítimo usuario, deberá presentar Certificado de Antecedentes Penales. Solo en caso de haber sufrido modificaciones los presentados al momento de la inscripción.
  • Nómina de las entidades de tiro que la conforman. Sólo en caso de haber sufrido modificaciones los presentados al momento de la inscripción.
  • Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412 correspondientes.




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