ANMaC Presidencia de la Nacion
Verificación de Exportación de Explosivos

  • Ficha de datos técnicos (FDT) N° 7, por duplicado, suscriptas por el representante legal o titular y debida certificación de firma, cumplimentada con letra clara de imprenta, sin dejar espacios en blanco y sin corrector líquido, consignando el número de Autorización de Exportación que la ampara (Disp. 624/10). 

  • Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412 correspondientes, suscriptos por el representante legal o titular y debida certificación de firma.

  • Lista de Empaque (Packing List) indicando los números de los contenedores, detallando la mercadería contenida en cada uno de ellos, con su número de código y riesgo principal de Naciones Unidas. En caso de no transportarse los productos en contenedores, detallar la mercadería que se trasladará en cada vehículo.
  • Permiso de embarque oficializado (se presenta al momento de efectuarse la verificación).
  • Copia de la Autorización de Exportación oportunamente emitida por la ANMaC.

 

Solicitud de Habilitación de Verificación Exportación Fuera de Horario

  • Cuando de una verificación surja la necesidad operativa, y se encuentren dadas las condiciones de seguridad que lo permitan, supervisadas por los funcionarios de la ANMaC, se podrá hacer opción a la Solicitud de Habilitación de Verificación de Importación/Exportación Fuera de Horario, la cual quedará plasmada en el acta de verificación correspondiente (Disp. 468/11).
  • La misma se requerirá agregando al trámite de Solicitud de Verificación de Importación/Exportación los Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412 correspondientes, pudiendo realizar el pago de este arancel el día hábil siguiente a la conclusión del acto de verificación.
  • Entiéndase al término “Fuera de Horario” como a aquel en el cual el turno de inicio o la continuidad de la carga y descarga opere los días hábiles entre las 17:30 hs y 09:00 del día siguiente, y los días sábados, domingos y feriados.

 

Nota: Para todo acto de importación-exportación el solicitante deberá contar con la inscripción y depósitos habilitados y vigentes a su nombre.
Las verificaciones de importación-exportación que merezcan ser suspendidas por razones ajenas a la ANMaC (Ejemplo: Demora de más de una hora en presentarse algún integrante de la comisión verificadora, demora de los transportes habilitados para el caso, etc.) serán plasmadas en un acta de suspensión de verificación en el lugar, a los efectos de no perjudicar a terceros ajenos al acto. En consecuencia el usuario deberá requerir una nueva convocatoria de la comisión verificadora abonado idéntico arancel para tal acto, a través deFormularios Leyes N° 23.283 y 23.412  correspondientes, consignando la solicitud de un nuevo turno de verificación. Dicho trámite será dirigido a la Coordinación de Inspecciones para programar una nueva comisión, con la finalidad de concretar la verificación de importación-exportación oportunamente aprobada.

 

 

Formularios Gratuitos

Ficha de Datos Técnicos (FDT) 7 (Anexo XVIII Disp. 099/04)



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