ANMaC Presidencia de la Nacion
Trámites / Pólvoras, explosivos y afines / Pirotecnia
Fabricantes
Inscripción-reinscripción Fabricante de Pirotecnia
Las personas físicas o jurídicas que poseen un establecimiento destinado a la fabricación de pirotecnia deberán contar con la correspondiente inscripción como Fabricante y con la habilitación vigente de las instalaciones a su nombre. Su vigencia es de un año.
Habilitación - rehabilitación de fábricas
Las habilitaciones de establecimientos destinados a la producción de artificios pirotécnicos están sujetas a la correspondiente inscripción como Usuarios de Pirotécnia. Las mismas se otorgan por un período de cinco años.
Habilitación-rehabilitación de depósito clase I y III
Las habilitaciones de las instalaciones destinadas al almacenamiento y custodia de artificios pirotécnios estan sujetas a la inscripción como Usuarios de Pirotécnia. Las mismas se otorgan por un período de cinco años.
Habilitación depósito mayorista de pirotecnia Clase II
La habilitación de estas instalaciones están sujetas a la inscripción como Vendedor Mayorista de Artificios Pirotécnicos de Venta Libre. Su vigencia se extenderá por el plazo que confiera la autoridad comunal o por un año, si aquel fuere mayor.
Registro de producto
Está prohibida la realización de cualquier acto con explosivos no registrados. Los fabricantes e importadores deberán solicitar la correspondiente inscripción conforme a lo establecido por la Disp. 077/05.
Documentación registral para el ejercicio de la actividad
Periódicamente, los usuarios deben informar a la ANMaC las operaciones de producción, compra y venta y uso de pirotecnia mediante determinada documentación.


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